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Preguntas Frecuentes

Todo lo que necesitás saber sobre tus coberturas. Seleccioná el tipo de seguro y encontrá la respuesta.

Seguro de Hogar

Todo sobre cobertura, precios, siniestros y diferencias entre planes para propietarios e inquilinos.

1. Qué es y qué cubre

Es un contrato multi-riesgo que tiene la finalidad de brindar protección al patrimonio del asegurado, cubriendo tanto la vivienda (edificio) como los bienes que se encuentran dentro de ella (contenido).

Las coberturas principales incluyen:

  • Incendio (de edificio y contenido)
  • Robo y/o hurto de bienes
  • Daños por agua
  • Rotura de cristales
  • Responsabilidad civil

Sí, son las protecciones fundamentales. La cobertura de incendio indemniza por pérdidas causadas por fuego, rayo o explosión. La cobertura de robo cubre la pérdida de bienes por apoderamiento ilegítimo con fuerza en las cosas o violencia.

El seguro de hogar está diseñado para la unidad particular (casa o departamento) y el patrimonio personal.

El seguro de consorcio generalmente cubre las áreas comunes y la estructura global del edificio, mientras que el de hogar protege lo que sucede dentro de tu vivienda y tu responsabilidad civil individual.

Cubre daños por agua corriente derivados de la rotura, obstrucción o falla de instalaciones internas (caños, tanques, bombas). Sin embargo, la inundación (agua proveniente del exterior por lluvias o desbordes) suele ser una cobertura adicional específica o estar excluida en los riesgos básicos, dependiendo de la compañía y la cobertura contratada.

Las pólizas suelen cubrir daños a la instalación causados por rayos. Para otros daños eléctricos en aparatos, algunas compañías ofrecen coberturas adicionales por fallas en el aprovisionamiento de energía pública, mientras que otras tienen exclusiones para fenómenos eléctricos que no produzcan incendio. Depende de la compañía y la cobertura contratada. Por ese motivo es importante el asesoramiento.

Sí, se pueden cubrir como parte del "Contenido General" o mediante coberturas específicas de "Todo Riesgo Electrodomésticos", que protegen contra daños accidentales, robo y fallas eléctricas.

Es la obligación del asegurador de mantener indemne al asegurado por reclamos de terceros. Se divide en:

  • RC Linderos: Por daños materiales causados a vecinos exclusivamente por incendio o explosión iniciados en tu casa.
  • RC Hechos Privados: Por accidentes causados a terceros en el ámbito de la vida privada (por ejemplo, por animales domésticos o accidentes de invitados).

Las condiciones varían según la compañía y la cobertura contratada. Algunas pólizas incluyen daños a inmuebles vecinos originados en la vivienda asegurada, mientras que otras excluyen expresamente los daños por rotura de cañerías o filtraciones. Es fundamental revisar las condiciones particulares de cada póliza.

Es una situación más común de lo que parece. Si un árbol ubicado dentro de tu propiedad cae sobre la vivienda lindante y provoca daños materiales, la cobertura depende de la compañía y el plan contratado.

En GNA trabajamos con compañías premium que incluyen esta protección dentro de la cobertura de Responsabilidad Civil, siempre que el evento sea consecuencia de Riesgos de la Naturaleza — Huracán, Vendaval, Ciclón o Tornado (HVCT). Esto significa que, ante una tormenta o evento climático que provoque la caída del árbol, tu póliza puede responder por los daños causados al vecino.

No todas las pólizas del mercado lo cubren. Consultá con tu productor antes de contratar.

2. Inquilinos y propietarios

Sí, el seguro está dirigido tanto a propietarios como a inquilinos.

El propietario suele asegurar el edificio y su propio contenido. El inquilino asegura sus pertenencias (contenido) y la responsabilidad civil ante el dueño por posibles daños al inmueble, especialmente por incendio.

No es obligatorio por ley, pero es una exigencia habitual de las inmobiliarias y propietarios en los contratos de alquiler.

Sí, siempre que hayas contratado la cobertura de Robo y/o Hurto de Contenido General.

3. Precio y contratación

El costo depende de múltiples factores:

  • Ubicación (zona de riesgo)
  • Sumas aseguradas elegidas
  • Tipo de construcción
  • Medidas de seguridad contratadas (rejas, alarmas, cerraduras)
  • Localidad y código postal del riesgo
  • Tipo de vivienda: casa o departamento
  • Ubicación dentro del edificio: planta baja, primer piso, o segundo piso en adelante
  • Superficie cubierta en metros cuadrados
  • Si deseás asegurar electrodomésticos específicos (indicar cuáles y valor aproximado)
  • Si deseás asegurar equipos electrónicos como notebooks, tablets u otros dispositivos
  • Si querés incluir tu bicicleta

Es el monto máximo que la compañía pagará por un siniestro en cada cobertura específica (incendio, robo, cristales, etc.).

4. Siniestros

Deberás comunicarte de forma inmediata con un asesor de GNA. Nosotros te ayudamos con la gestión del siniestro generando el ingreso de la denuncia en la compañía.

Es un monto o porcentaje del daño que siempre queda a cargo del asegurado. Suele ser del 10% del siniestro, aunque el porcentaje varía según la compañía y la cobertura contratada.

Sí, mediante el adicional de Extensión a Vivienda de Veraneo, que protege tus bienes mientras los trasladas y permanezcas en un hotel o casa alquilada (usualmente por un plazo de 30 a 45 días).

5. Comparativas y consejos

El plan a medida ofrece sumas aseguradas más altas y coberturas adicionales que el enlatado no tiene, como robo en lockers de clubes, robo de mochilas escolares, reposición de llaves y cobertura mundial para notebooks o equipos deportivos, entre otras coberturas.

Sí, porque aunque el edificio tenga un seguro general, ese no cubrirá tus muebles, ropa, ni los daños por agua o cristales dentro de tu unidad, ni tu responsabilidad civil personal ante otros vecinos.

Caso real: incendio en departamento
Caso real

Un incendio en un departamento porteño dejó a inquilino y propietario enfrentando demandas millonarias

Un incendio originado dentro de un departamento en CABA se extendió hacia las unidades linderas, provocando daños severos en la estructura y en los bienes de varios vecinos. El inquilino contaba con un seguro vigente, pero las sumas aseguradas no reflejaban los riesgos reales y la cobertura de RC Linderos era insuficiente. Cuando los vecinos iniciaron acciones legales, la compañía cubrió únicamente hasta el límite contratado. El resto quedó a cargo del inquilino — y las demandas alcanzaron también al propietario del inmueble.

"Un seguro mal suscripto puede ser casi tan perjudicial como no tener seguro. Las sumas aseguradas deben revisarse y adecuarse al valor real del riesgo."

Este caso es un recordatorio de que el seguro de hogar no es un trámite: es una herramienta de protección patrimonial que, para funcionar, tiene que estar bien diseñada desde el inicio.

Seguro de Auto

Coberturas, costos, qué hacer ante un siniestro y cómo cotizar tu seguro.

La Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, Art. 68, establece que todo automóvil debe contar con un seguro de Responsabilidad Civil vigente para poder circular. Es el mínimo legal. Circular sin seguro puede implicar el secuestro del vehículo.

  • Responsabilidad Civil (RC): cobertura mínima obligatoria. Cubre daños que le ocasionés a terceros. Tu propio vehículo no queda cubierto.
  • Terceros Completos: incluye RC más robo total y parcial, incendio, destrucción total. Se pueden agregar granizo, cristales, cerradura.
  • Todo Riesgo: la más completa. Incluye todo lo anterior más los daños parciales de tu vehículo (con franquicia).
  • Franquicia fija: monto determinado en pesos. Si el daño supera ese valor, la compañía paga el excedente.
  • Franquicia variable: porcentaje sobre la suma asegurada del vehículo. Por ejemplo, 5% sobre $10.000.000 = $500.000 a cargo del asegurado.

La franquicia solo aplica a daños parciales. No aplica para robo total, destrucción total ni RC hacia terceros.

  • Responsabilidad Civil: desde aproximadamente $56.000 por mes.
  • Terceros Completos: el valor sube según los adicionales y el valor del vehículo.
  • Todo Riesgo: calculado en base a la suma asegurada del auto.

Los precios se actualizan con frecuencia. Para obtener el valor exacto, lo más conveniente es cotizar directamente.

La ley establece un plazo de 72 horas para denunciar el siniestro. Para hacerlo correctamente:

  • Registrar el lugar exacto del accidente: dirección y horario.
  • Tomar los datos del tercero involucrado: nombre, teléfono, patente.
  • Fotografiar la documentación del tercero: licencia, cédula del vehículo y póliza.
  • Fotografiar el estado de ambos vehículos en el lugar del accidente, antes de moverlos.
  • En caso de robo: realizar la denuncia policial en la comisaría correspondiente.
  • Contactar al productor asesor para iniciar la denuncia ante la compañía.

Sí. En Argentina podés cambiar de compañía sin penalidad ni trabas. Si tenés un siniestro en trámite, ese siniestro sigue su curso con la compañía anterior y no se ve afectado por el cambio.

Seguro de Moto

Todo lo que necesitás saber para asegurar tu moto en Argentina.

Sí. La Ley N° 24.449 (Art. 68) establece que toda motocicleta debe contar con un Seguro de Responsabilidad Civil vigente para circular. Circular sin seguro puede implicar el secuestro de la moto.

  • Responsabilidad Civil (obligatoria): cubre daños que le ocasionés a terceros. No cubre la propia moto.
  • Robo y Hurto + Incendio Total: incorpora protección ante robo o hurto e incendio total.
  • Cobertura más amplia: incluye robo, incendio total y parcial, y destrucción total por accidente. Se pueden agregar daños por granizo.
  • Coberturas disponibles: el seguro de moto generalmente no llega al nivel de "Todo Riesgo con daños parciales" que existe para autos.
  • Inspección previa obligatoria: para emitir una póliza de moto, las compañías exigen fotografías de la unidad (cuatro ángulos, motor y chasis).
  • Prima: en general tiende a ser más económica que la del auto, aunque depende del modelo y la zona.

No necesariamente. El costo del seguro está determinado por la zona de riesgo, la suma asegurada, la frecuencia de siniestralidad del modelo y la cobertura elegida. Una moto de alta cilindrada en zona de bajo robo puede resultar más barata que una de menor cilindrada en zona de alta siniestralidad.

Sí. Para la cotización y emisión se solicita la cédula del vehículo. Sin embargo, es fundamental que quien figure como tomador sea el titular registral. Ante un siniestro total, la compañía requerirá la baja del vehículo en el Registro, y solo el titular puede hacerlo.

Seguro de Flota Vehicular

Todo lo que necesitás saber antes de contratar un seguro de flota para tu empresa o vehículos propios.

Es una póliza única que agrupa varios vehículos bajo un mismo contrato. Está dirigido tanto a personas jurídicas (empresas, transportistas, pymes) como a personas físicas que posean tres o más vehículos. La administración, siniestros y coberturas se gestionan en un solo lugar.

En Argentina, la mayoría de las compañías exigen un mínimo de tres unidades. El espectro es amplio: autos, camionetas, motos, camiones, tráileres y maquinaria pesada pueden entrar dentro del mismo contrato.

  • Responsabilidad Civil: obligatoria por ley, cubre daños a terceros.
  • Terceros Completo: RC + robo total y parcial, incendio, destrucción total, cristales, granizo.
  • Todo Riesgo: incluye todo lo anterior más daños parciales. Recomendado para flotas con vehículos de alto valor o nuevos.

En la mayoría de los casos, sí. Al agrupar varios vehículos, el asegurado tiene mayor poder de negociación. A mayor cantidad de unidades, mejores condiciones de precio y franquicia. Además desaparece la fragmentación administrativa: una sola renovación, un solo vencimiento, un solo interlocutor.

El proceso es similar al de cualquier póliza individual. La diferencia es que el historial de siniestralidad del conjunto puede influir en la prima de renovación: muchas compañías aplican sistemas de bonus/malus a nivel de flota.

Seguro ART

Aseguradora de Riesgos del Trabajo: todo lo que necesita saber el empleador.

Es el seguro obligatorio que protege al trabajador ante accidentes ocurridos en el lugar de trabajo o en el trayecto hacia él (accidente in itinere), y ante enfermedades profesionales. Cubre prestaciones médicas, rehabilitación, incapacidad temporaria o permanente, y en casos extremos, fallecimiento.

Sí. Todo empleador con personal en relación de dependencia está obligado por ley a contratar una ART. La normativa está regulada por la Ley 24.557 y supervisada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

El empleador queda expuesto a asumir personalmente todos los costos de un accidente laboral: atención médica, indemnizaciones y posibles demandas civiles. Además puede recibir sanciones y multas por parte de la SRT. Un solo siniestro sin cobertura puede comprometer seriamente la situación financiera de la empresa.

La ART cubre exclusivamente riesgos laborales y es obligatoria para empleadores con personal en relación de dependencia. El seguro de accidentes personales es voluntario y cubre al individuo las 24 horas del día, dentro y fuera del trabajo. Ambos pueden complementarse.

Sí. La empresa puede cambiar de ART al vencimiento de cada período contractual, respetando los plazos y procedimientos de la SRT. Es recomendable hacerlo con asesoramiento de un productor para garantizar la continuidad de cobertura sin períodos descubiertos.

Seguro de Caución

Garantías contractuales, aduaneras, judiciales y de alquiler explicadas en detalle.

Es un contrato de garantía otorgado por una compañía de seguros para cubrir al asegurado ante los perjuicios que pueda sufrir si el tomador incumple sus obligaciones legales o contractuales. Es accesorio (vinculado a un contrato principal), subsidiario (la aseguradora indemniza la multa, no realiza la tarea) y condicional (el siniestro solo se configura ante incumplimiento efectivo).

  • Pagaré certificado: requiere certificación de firma y su ejecución es compleja.
  • Cheque certificado: el banco inmoviliza los fondos hasta que finalice la obligación.
  • Aval bancario: funciona como préstamo y genera intereses durante todo el período.
  • Póliza de caución: no afecta las líneas bancarias, no inmoviliza dinero y tiene un costo acotado. Es la opción más ágil y eficiente.
  • Directores y administradores de sociedades (IGJ)
  • Operaciones aduaneras (ARCA)
  • Empresas de viajes y turismo (Secretaría de Turismo)
  • Sujetos del sistema GNC (Ente Regulador del Gas)
  • Ámbito judicial (contra cautelas o sustitución de medidas)
  • Alquileres de inmuebles (como alternativa al garante tradicional)

Sí. La póliza de caución de alquiler es una alternativa legal y cada vez más utilizada al garante propietario tradicional. Permite al inquilino acceder a una vivienda o local comercial sin necesidad de contar con un tercero que avale la operación. En GNA trabajamos con compañías que ofrecen esta cobertura tanto para uso residencial como comercial.

No. Esta es una característica fundamental de la caución: la falta de pago de la prima por parte del tomador no es una excusa válida para rechazar el siniestro frente al asegurado. La aseguradora debe responder igual, y luego recuperar lo pagado del tomador por las vías legales correspondientes.

Seguro de Consorcio

Cobertura, obligatoriedad y administración para edificios bajo el régimen de propiedad horizontal.

Es un producto diseñado para proteger al Consorcio de Copropietarios, cubriendo sus activos físicos y responsabilidad civil. Sí, es obligatorio. El Código Civil y Comercial (Art. 2067, inc. h) establece que el administrador tiene la obligación legal de mantener asegurado el inmueble. Rige para todos los edificios bajo propiedad horizontal, incluyendo dúplex y barrios cerrados.

  • Incendio Edificio (obligatorio): protege partes comunes contra fuego, rayo o explosión.
  • Responsabilidad Civil Comprensiva: reclamos por daños que el edificio o sus instalaciones causen a terceros.
  • Cristales: rotura de vidrios y espejos en áreas comunes.
  • Robo: mobiliario y bienes en partes comunes, y en algunos casos dinero de expensas.
  • Daños por Agua: filtraciones o desbordes por rotura de cañerías comunes.
  • Adicionales específicos: ascensores, calderas, piletas, gimnasios, accidentes del personal de portería.

El costo lo pagan los propietarios a través de las expensas mensuales. El administrador, como representante legal del consorcio, es el responsable de contratar la póliza y gestionar las renovaciones.

Seguro de Consorcio: protege la estructura global y las áreas comunes del edificio.

Seguro de Hogar: protege la unidad individual (lo que hay dentro: muebles, electrodomésticos, piso, pintura) y la responsabilidad civil privada del propietario o inquilino.

Ambos seguros son complementarios: el de consorcio cubre lo común, el de hogar cubre lo individual.

Seguro de Comercio

Protección integral para locales, PyMEs, industrias y oficinas.

  • Incendio de edificio y contenido
  • Responsabilidad Civil Comprensiva (reclamos de terceros)
  • Robo de contenido general, maquinarias y mercancías
  • Cristales (vidrios, espejos instalados verticalmente)
  • Seguro Técnico para equipos electrónicos
  • Daños por agua por rotura o falla de instalaciones

Si bien no existe una obligación legal nacional para todos los comercios, en muchos municipios de Argentina se exige la Responsabilidad Civil como requisito para obtener la habilitación comercial. Aprovechar esa obligación para contratar el Integral de Comercio —que ya incluye RC más otras coberturas clave— resulta sumamente conveniente.

Robo: se cubre la pérdida de bienes muebles, instalaciones y mercancías por apoderamiento ilegítimo con fuerza o violencia.

Vandalismo: suele estar incluido como adicional de la póliza de Incendio, amparando daños por malevolencia, tumulto popular o huelga.

  • Comercios minoristas: almacenes, carnicerías, zapaterías, ferreterías, electrodomésticos.
  • Gastronomía: restaurantes, bares, pizzerías, heladerías.
  • Servicios y oficinas: escribanías, inmobiliarias, peluquerías, consultorios, farmacias.
  • Hoteles y turismo: hoteles, cabañas, apart hoteles, balnearios.
  • Industria y logística: fábricas, talleres metalúrgicos, depósitos.

Seguro de Transporte de Cargas

Protección para tus mercancías en tránsito: terrestre, marítimo y aéreo.

  • Cobertura Básica: daños por accidentes del medio transportador: choque, vuelco, incendio (terrestre); colisión, naufragio (marítimo).
  • Coberturas Adicionales: robo, hurto, falta de entrega, daños por carga y descarga, rotura, mojadura, paralización de equipo frigorífico.
  • Todo Riesgo: para mercancías nuevas, cubre cualquier daño no excluido expresamente.

Seguro de Carga: protege los bienes transportados. El dueño de la mercancía lo necesita.

Seguro del Vehículo: cubre el activo físico (camión, barco) y la RC por daños a terceros. No cubre la mercancía que transporta.

Son coberturas complementarias: el dueño de la carga necesita el seguro de transporte; el transportista necesita su RC.

  • Notificar de inmediato a la aseguradora, dentro de los 3 días de conocer el hecho.
  • No mover ni modificar la carga antes de recibir instrucciones, para permitir la inspección.
  • Dejar constancia del daño en el remito al momento de recibir la mercancía.
  • Enviar Carta Protesta: obligatorio reclamar por escrito al transportista (24 hs terrestre / 3 días marítimo / 7 días aéreo). El incumplimiento puede hacer perder el derecho a la indemnización.

Sí. Las pólizas cubren importaciones y exportaciones desde cualquier parte del mundo hacia Argentina y viceversa. Existen coberturas para tránsitos entre terceros países ("Mundo a Mundo"), siempre que no involucren países excluidos por razones de conflicto o cumplimiento legal.

Seguro de Accidentes Personales

Protección ante imprevistos: qué cubre, para quién es y cómo funciona.

  • Muerte Accidental: pago de la suma asegurada si el accidente es la causa del fallecimiento.
  • Invalidez Total y/o Parcial Permanente: indemnización proporcional a la gravedad de la lesión.
  • Asistencia Médica y Farmacéutica: prestacional o por reintegro.
  • Gastos de Sepelio (optativo): reembolso por el servicio de sepelio si la muerte es accidental.

Está orientado especialmente a:

  • Trabajadores independientes sin ART: albañiles, gasistas, electricistas, plomeros, jardineros, repartidores.
  • Profesionales independientes: arquitectos, contadores, abogados, médicos con consultorio propio.
  • Deportistas amateur: personas que practican fútbol, rugby, equitación, trekking, entre otros.
  • Escolares: alumnos durante la jornada escolar y actividades organizadas por el establecimiento.
  • Empleados en relación de dependencia: que deseen cobertura adicional fuera del horario laboral.

En muchos ámbitos este seguro es requisito para poder ingresar a obras, empresas o countries a desarrollar la actividad.

La ART cubre al trabajador en relación de dependencia durante el horario laboral y el trayecto al trabajo. El seguro de accidentes personales, en su modalidad 24 horas, protege al asegurado en su vida profesional y privada, en cualquier momento y lugar. En muchos casos son complementarios.

Planes Deportivos: cubren una lista específica de deportes amateur no federados (fútbol, rugby, equitación, taekwondo, trekking).

AP estándar: suele excluir las consecuencias derivadas de la práctica de deportes. Para cobertura deportiva, se debe contratar un plan específico.

Exclusiones generales: deportes profesionales (con remuneración) y los no incluidos en la nómina del plan.

Responsabilidad Civil para Empresas

Protegé el patrimonio de tu empresa ante reclamos de terceros.

Su finalidad es evitar una lesión directa al patrimonio de la empresa. Si un tercero sufre un daño relacionado con tu actividad y te reclama una indemnización, la compañía de seguros responde en tu lugar hasta el límite de la suma asegurada.

  • RC Comprensiva (General): cobertura base para cualquier empresa o local comercial. Cubre daños a clientes, visitantes o terceros.
  • RC Profesional: médicos, abogados, contadores, arquitectos, administradores de consorcios. Cubre errores, omisiones o negligencias no intencionales.
  • RC Construcción y Obras: constructoras, contratistas, arquitectos. En CABA es exigida por ley con sumas mínimas según el tipo de obra.
  • RC Administradores de Consorcio: cubre reclamos de copropietarios por errores u omisiones en la gestión.
  • RC Eventos y Stands: organizadores de eventos, ferias, salones de fiestas. Requiere servicio de emergencias médicas.
  • RC de Productos: reclamos por daños ocasionados por productos fabricados o comercializados.
  • Construcción en CABA: suma asegurada mínima según el tipo de obra (micro, menor, media o mayor).
  • Administradores de Consorcio: en varias jurisdicciones es requisito para obtener la matrícula.
  • Habilitaciones comerciales: muchos municipios la exigen para otorgar la habilitación.
  • Eventos públicos: suele ser requisito para obtener los permisos municipales.

Aunque no sea obligatoria en todos los casos, un reclamo judicial sin cobertura puede comprometer seriamente el patrimonio de cualquier empresa o profesional.

Cómo presentar un Siniestro

Guía paso a paso para actuar correctamente ante un accidente o robo. Saber qué hacer en esos momentos marca la diferencia entre una gestión ágil y semanas de demoras.

Es cualquier evento cubierto por la póliza que genera un daño o pérdida para el asegurado. Los más frecuentes en automotor son: choque o colisión, robo total o parcial, incendio o daños climáticos, y daños a terceros. Cada siniestro debe denunciarse dentro de los plazos legales para que la cobertura sea válida.

  • Verificar si hay heridos y llamar al 107 o 911 si es necesario. La seguridad de las personas es siempre lo primero.
  • No mover los vehículos hasta documentar la escena.
  • Intercambiar datos con el otro conductor: nombre, DNI, teléfono, licencia, patente, compañía y número de póliza.
  • Fotografiar el estado de ambos vehículos, los daños y la posición en la vía.
  • Registrar dirección exacta, fecha y horario del siniestro.
  • En caso de robo: concurrir a la comisaría más cercana y realizar la denuncia policial.
  • Contactar al productor asesor para iniciar el proceso ante la compañía.

La Ley de Seguros N° 17.418 (Art. 46) establece que el asegurado tiene 3 días para denunciar el siniestro, contados desde que ocurrió o desde que tomó conocimiento del hecho. La mayoría de las compañías lo interpretan como 72 horas hábiles. El incumplimiento puede hacer perder el derecho a la indemnización.

  • DNI del asegurado
  • Cédula verde (o azul si correspondía un conductor autorizado)
  • Registro de conducir vigente
  • Póliza de seguro
  • Datos completos del tercero involucrado
  • Fotografías del siniestro y de los daños
  • Acta o constancia policial (en casos de robo o accidentes con lesionados)

Importante: no reparar el vehículo antes de recibir autorización de la compañía.

  • Realizar la denuncia ante tu propia compañía, con toda la documentación disponible.
  • Si tenés Todo Riesgo, los daños a tu vehículo quedan cubiertos (con la franquicia correspondiente).
  • Si el tercero es identificado, tu aseguradora puede ejercer el derecho de subrogación y reclamarle directamente.
  • Podés reclamarle el costo de las reparaciones a él personalmente o a través de acciones legales.
  • Si no es posible el cobro extrajudicial, la vía judicial es la alternativa.

Ventajas de trabajar con GNA

Todo lo que GNA hace por tu cartera como broker multimarca.

Trabajar con un broker como GNA implica acceder a soporte técnico diario, capacitación continua, herramientas digitales (multicotizador, materiales de marketing), poder de negociación colectivo y respaldo en la gestión de siniestros. Para el productor que recién empieza, el broker es la diferencia entre dar los primeros pasos solo o con una estructura completa detrás.

Esta es la pregunta más frecuente —y la que más malentendidos genera. Muchos productores creen que trabajar con un broker implica ceder parte de su comisión. Es un mito. Y hay una explicación muy concreta de por qué.

✖ Mito frecuente — FALSO

"Si trabajo con un broker, me descuentan parte de mi comisión."

Las compañías de seguros pagan una comisión adicional al broker de forma independiente, porque tercerizan en él su departamento de atención comercial. Las estructuras internas de las aseguradoras no tienen capacidad para brindar atención personalizada a cada productor en particular: por eso delegan esa función en el broker y lo remuneran por separado.

✔ La realidad

Tu comisión como productor se mantiene intacta. Lo que suma el broker es poder de negociación colectivo: al agrupar una masa significativa de productores, GNA puede negociar ante las compañías mejores condiciones y comisiones que un productor solo no podría obtener operando en forma directa.

  • Multicotizador multimarca: centraliza tarifas de múltiples compañías. Ingresás los datos una sola vez y obtenés comparativas al instante.
  • Material de marketing: flyers personalizados con tus datos, historias para Instagram y WhatsApp listos para compartir.
  • Soporte técnico directo: una persona real detrás, sin turnos ni call centers.

Sí. La cartera de clientes pertenece al productor. GNA no retiene ni reclama cartera: al finalizar la relación comercial, los clientes continuarán siendo del productor.

Sí. GNA brinda acompañamiento económico a productores en sus primeros pasos, facilitando el acceso a herramientas y materiales sin costo adicional para el productor. El objetivo es que puedas construir tu cartera con una estructura profesional detrás desde el primer día.

En la mayoría de los casos sí. Al agrupar la producción de cientos de PAS, GNA puede negociar escalas y condiciones que un productor individual no podría obtener operando en forma directa con la compañía. El objetivo de GNA es que el trabajo del productor sea bien remunerado.

Sí. GNA brinda capacitaciones periódicas sobre productos, normativa SSN y técnicas comerciales. Además, cada productor tiene acceso a soporte directo para situaciones concretas —no hay que esperar un turno ni pasar por un call center.

El multicotizador centraliza las tarifas de múltiples compañías en una sola plataforma. El productor ingresa los datos del cliente una única vez y obtiene comparativas actualizadas de coberturas y precios al instante, sin tener que operar en cada sistema por separado.

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